Ascensores obligatorios por ley en Asturias
29 de Septiembre de 2017

La eliminación de barreras en Asturias para accesibilidad de personas de movilidad reducida es un objetivo importante para cualquier poder público que aspire a contar con las simpatías de la mayoría de la sociedad.

La normativa autonómica nos conviene a todos, y especialmente a quien tiene que desplazarse en silla de ruedas, con carrito de bebé, o en cualquier otra circunstancia que limite la movilidad.

Los ascensores, montacargas, salvaescaleras y resto de elementos en que se traduce nuestro servicio de eliminación de barreras en Asturias contribuyen a que se cumpla la normativa, que concreta en muchos puntos la obligatoriedad de ascensores.

Muchos edificios por sus características (altura superior a planta baja y piso y al menos nueve viviendas en cada núcleo de comunicación vertical) tienen que tener al menos las especificaciones técnicas que permitan la instalación de ascensor practicable. Es decir, incluso los no obligados a tener ascensor tienen que construirse pensando en poder tenerlo algún día.

Los pasos de peatones elevados y subterráneos tendrán que completarse obligatoriamente con rampas, ascensores, plataformas mecánicas o tapices rodantes. No puede haber solo escaleras, por norma.

En los aparcamientos para vehículos ligeros en vías o espacios públicos deberá haber siempre plazas para personas con movilidad reducida y los subterráneos deben tener ascensor adaptado o practicable siempre.

Seguimos repasando estos casos de la normativa en siguientes entradas, y te recordamos que para instalar ascensores o elevadores para minusválidos Sertiber es la mejor opción en Asturias. Llámanos para un presupuesto sin compromiso y cumple con las normas y con lo más adecuado para todos.

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